En el día de hoy 19, de enero de 2022, LIBERUM Asociación por los Derechos Humanos ha procedido a elevar a la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, INCIDENTE DE RECUSACION, contra varios de los Magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en relación con los arts. 217 y siguientes y 223.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, LO 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial encargada del conocimiento y fallo de los procedimientos, DF 925/2021.
Tras el incidente de abstención presentado por la Sala de Derechos Fundamentales del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el Equipo Jurídico de LIBERUM ha estudiado si jurídicamente en Asturias se estuvieran produciendo los mismos requisitos que fueran causa de abstención de los Magistrados.
De manera sintética, los Magistrados de las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los diversos Tribunales Superiores de Justicia, se están produciendo, y no habiendo evacuado los mismos incidente alguno de abstención, y habiendo indicios de que pudieran estar incursos en concreta causa de recusación, el Equipo Jurídico de LIBERUM ha decidido la interposición del INCIDENTE DE RECUSACION, fundamentándolo en el artículo número 219, apartado número 11 de la LOPJ, que establece que será causa de abstención o recusación el que los Magistrados hayan participado en la instrucción de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia, por lo que entendemos indiciariamente quebrado el principio de objetivo de imparcialidad objetiva de los Magistrados.
De conformidad con el artículo 77 de la LOPJ, una Sala constituida por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia, los Presidentes de Sala y el Magistrado más moderno de cada una de ellas conocerá de las recusaciones formuladas contra el Presidente, los Presidentes de Sala o de Audiencias Provinciales con sede en la Comunidad Autónoma o de dos o más Magistrados de una Sala o Sección o de una Audiencia Provincial.
Por parte del Equipo Jurídico y de la asociación LIBERUM se está estudiando la interposición de dicho incidente en otros procedimientos judiciales abiertos en otras comunidades autónomas.
¡¡¡Vamos a conseguirlo!!!!
¡¡¡VIVA LA LIBERTAD!!!!
Mi comentario es sobre los bancos y la ley de protección de datos. pienso que hay que empezar ya a denunciar a los bancos. Porque mu banco tiene que tener todos mis datos desde que nací? Eso a lo mejor nos libra del DNI digital y de la cartilla de racionamiento. Y todo lo que se nos viene encima