LA ASOCIACIÓN LIBERUM informa que, se ha procedido a interponer DEMANDA JUDICIAL CONTRA TWITTER SPAIN S.L. en los Juzgados de Primera Instancia de Madrid, por la arbitraria censura que ha sufrido LIBERUM, al cancelar TWITTER la cuenta @Aso_Liberum cuando alcanzaba los 50.000 seguidores.
La Historia nos ha enseñado que las sociedades humanas tienden a repetir sus errores, avergonzándonos de lo que en el pasado se defendía como verdades incuestionables y perseguidas.
Al parecer a TWITTER, los derechos garantizados por el art. 20.1 CE le son ajenos, derechos por cierto, que se configuran como elementos conformadores de nuestro sistema político democrático.
La formación y existencia de una opinión pública libre, es una garantía que reviste una especial trascendencia ya que, al ser una condición previa y necesaria para el ejercicio de otros derechos inherentes al funcionamiento de un sistema democrático, se convierte, a su vez, en uno de los pilares de una sociedad libre y democrática y lo es para que el ciudadano, aquí la ASOCIACION LIBERUM pueda formar libremente sus opiniones y participar de modo responsable en los asuntos públicos, ha de ser también informado ampliamente de un modo que pueda ponderar opiniones diversas e incluso contrapuestas.
El estigmatizar mediante el uso indiscriminado de términos o de la CENSURA sobre asuntos muy complejos, es un indicio grave de la salud de una sociedad enferma, pero no de un virus, sino de una inmadurez que bien calificó Emmanuel Kant como la salida de su culposa minoría de edad. Las sociedades sanas no pueden mirar hacia otro lado cuando emergen actitudes discriminatorias (art. 14 CE), de lo contrario emergen las semillas del odio, expulsando el debate sereno y la convivencia pacífica. Se empieza por prohibir las ideas y se termina por exterminar al diferente.
El poeta del siglo XIX Heinrich Heine dijo cuando se empieza por quemar libros, se acaba quemando a personas.
Pretender que una Asociación sea castigada o estigmatizada por sus ideas o creencias, equivocadas o no, por imposición de bendecida mayoría, a no ser que abdique de las mismas, SUPONE UN SACRIFICIO QUE VULNERA LA DIGNIDAD HUMANA Y UN TRATO DEGRADANTE (ART. 10 CE), QUE EL FUTURO Y LA JUSTICIA DEBERÁ DE JUZGAR.
Enlace a la nota de prensa:
https://drive.google.com/file/d/1T_lO_LvROLbj_OXhVQHiGaY7CCuo8_Wv/view?usp=drivesdk
¡¡SOMOS LA RESISTENCIA!!
¡¡VIVA LA LIBERTAD!!